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martes, 21 de junio de 2011

El seguro de vida de la hipoteca: ¿obligatorio? (II)

En la entrega anterior hablamos de los problemas generados por la contratación obligatoria de un seguro de vida junto con la hipoteca. Vamos a darle las claves para invertir esta situación. No es fácil resumirlas pero no dude en hacer todas las preguntas que quiera, las contestaremos una a una.

1. Busque su contrato de seguro de vida y confirme si es anual o a plazo, y si es de prima creciente o constante. Si es anual y/o de prima creciente es probable que deba reemplazarlo cuanto antes. Contrate, ahora sí, un seguro a plazo a prima constante o nivelada.

a.  A plazo quiere decir que tendrá un contrato de 15 ó 20 años y por tanto la aseguradora no tendrá derecho a cancelarlo unilateralmente si cambia su situación de riesgo. Por ejemplo, si se le detecta cáncer o diabetes usted está obligado por contrato a comunicarlo a la aseguradora, y con un seguro anual ésta podría tener derecho a aumentar la prima para adecuarla a su nivel de riesgo, o incluso cancelarla.

b. A prima constante o nivelada quiere decir que pagará exactamente lo mismo ahora que dentro de 20 años. Tenga en cuenta que una prima creciente sube en función del riesgo que usted representa, es decir que dentro de 20 años, puede costarle fácilmente 8 veces lo que le cuesta hoy y tal vez no tenga los ingresos necesarios para mantener el seguro cuando más lo necesita.

2.  Decida usted el plazo que le conviene. Calcule los años que faltan para que su hijo menor cumpla 26 años (ya no dependerá de usted o al menos podrá valerse por si mismo).

3.  Vigile las exclusiones del seguro de vida que contrata. Hay tres exclusiones razonables y que puede controlar:

a.  La conducción bajo efecto de alcohol o estupefacientes,

b. la imprudencia temeraria así declarada por un juez

c.  y el suicidio durante el primer año de la póliza.

Las compañías tienen otras exclusiones por riesgos extraordinarios que están cubiertas por el Consorcio de Compensación de Seguros por lo que no deben preocuparle. Pero muchas veces hay exclusiones de todo tipo (picaduras de serpientes, asta de toro...) que usted no puede controlar. La cuestión es sencilla: usted no tiene ni idea de cual será la causa de su fallecimiento y no puede permitirse pagar 15 años su póliza de seguro para que el día de mañana su familia quede desprotegida simplemente porque (oh!) esto no lo cubría su póliza. Estudie bien las condiciones generales de su seguro de vida, así como las Especiales, las Particulares, o cualquier anexo que le hagan firmar.

4. Contrate todo el capital de cobertura que necesite y que esa cobertura se mantenga hasta el final. En caso de fallecimiento o de invalidez, pagar la hipoteca al banco es solamente una de las obligaciones que recaerán sobre su familia. Usted necesita mantener el nivel de vida de su familia para no recaiga la desgracia económica encima de la personal. Una manera simple de estimar la cobertura que necesita es calcular primero la bajada en los ingresos que se produciría (verifique bien cual es su base de cotización y qué porcentaje de ésta le correspondería a su cónyuge en caso de fallecimiento). En caso de invalidez, la bajada no es tan importante pero los gastos aumentan notablemente.

Una vez tenga la cifra estimada de ese déficit mensual, multiplique esa cantidad por 12 y por 20 para obtener la cobertura deseable. Es la cantidad que, invertida conservadoramente, le daría aproximadamente el importe de su déficit mensual sin consumir el capital. Por ejemplo, si el déficit es de 500€, el capital necesario sería de 120000€ (500*12*20). 120.000€ invertidos a un 5%, darían 6000€ anuales, 500€ mensuales.

5. Si su banco le ha cobrado varios años de seguro y se los ha financiado con la hipoteca, está de suerte porque tiene muy fácil recuperar la cantidad de prima no utilizada para cambiarse a otro seguro. Basta con solicitar por escrito al banco (o a la aseguradora presentada por el banco) que le cancelen la póliza de seguro abonándole la prima no utilizada en su cuenta. El banco no podrá forzarle a que la use para repagar el préstamo. Eso sí, asegúrese de tener previamente contratada su nueva póliza de seguro de vida para no quedar en ningún momento sin cobertura

6. No está nada claro que el banco pueda forzarle a tener un seguro de vida. Tal vez se lo hayan puesto como condición para aprobarle el préstamo pero eso no le obliga a mantenerlo. Más probable aún es que hayan condicionado el tipo de interés a que mantenga su seguro de vida y otros productos con el banco. Esta práctica es ilegal en muchos países pero aún no en el nuestro. Aún así, haga bien los cálculos para saber cuánto le incrementaría la cuota.

Las soluciones que le propongo no son necesariamente baratas y menos en el corto plazo. Pero no conozco nada más caro que pasarse la vida pagando una prima creciente para descubrir demasiado tarde cuando ocurre el siniestro que la ha estado uno pagando para nada porque uno no fue cuidadoso con el clausulado del seguro que contrató abandonando todo juicio independiente en manos del banco y de sus intereses.

Revise si paga demasiado por proteger su coche o su hogar y reduzca esos gastos si es necesario pero conceda la prioridad necesaria a la protección de su bien más importante: su familia. La mejor manera de ahorrarse el seguro de vida es disponer cuanto antes de un patrimonio líquido que lo haga innecesario.